“1° Que antes de la revolución de septiembre de 1955 el país se hallaba sometido a un gobierno despótico, y en un estado de caos y corrupción administrativa, debido a la acción directa de las personas comprendidas en el decreto ley 5.148/55 y, en especial, a la del recurrente en esa causa.
2° Que uno de los fines primordiales de la revolución fue el de restituir al patrimonio público los bienes adquiridos ilícitamente por las personas indicadas, quienes, como es de pública notoriedad, se enriquecieron inmoralmente aprovechando los resortes del poder omnímodo de que disfrutaba Juan Domingo Perón y del que hacía partícipe a sus allegados…”
Por su parte, en la sentencia aludida, la propia Corte, en referencia al gobierno peronista, decía lo siguiente:
“…Esta opresión innoble sólo ha servido para el auge de la corrupción y para la destrucción de la cultura y la economía, de todo lo cual es símbolo tremendo el incendio de los templos y los sacrosantos archivos de la patria, el avallasamiento de los jueces, la reducción de la Universidad a una burocracia deshonesta y la trágica encrucijada que compromete el porvenir de la República contra la entrega de sus fuentes de riqueza (diario “La Nación”, septiembre 23 de 1955m página 1)”.
Cualquier coincidencia con los discursos y las acciones de actual Gobierno y de las decisiones de algunos sectores del Poder Judicial, no es casualidad.
La historia de dieciocho años de proscripción, lo acontecido en dicho período histórico y finalmente el retorno de Perón al país para ejercer su tercera presidencia me eximen de mayores comentarios.
2) En el año 1976, la dictadura genocida más sangrienta de nuestra historia siguió idéntico camino respecto de las autoridades constitucionales que habían sido derrocadas y de dirigentes que ni siquiera formaban parte de ese Gobierno, es más, algunos eran fuertes opositores al mismo. De esa manera truncaron el proceso democrático impidiendo las elecciones nacionales presidenciales que ya habían sido convocadas. Al momento del Golpe, Argentina era un país industrial donde la participación de los trabajadores en el Producto Bruto Interno era casi del 50% y el endeudamiento externo era sumamente bajo y no implicaba condicionamiento alguno.
Así, el 21 de octubre de 1977, en el ámbito del Ministerio del Interior, se creó la tristemente célebre “Comisión Nacional de Responsabilidad Patrimonial” (CONAREPA) que incautó no sólo propiedades y bienes correspondientes a la funcionarios del gobierno derrocado, sino también a empresarios, dirigentes políticos y sindicales, todos ellos detenidos exclusivamente por motivos políticos. Eso si, bajo la pátina, siempre conveniente y mediática, de lucha contra la corrupción
También, de manera no menos lamentable, se registran precedentes judiciales que avalaron las ominosas conductas descriptas. Es imperioso señalar que la participación del Poder Judicial siempre se convierte en condición “sine quanon” para este tipo de prácticas. En este sentido, un ejemplo paradigmático es el caso de “Papel Prensa”. En el mismo, todos los bienes de la familia Graiver pasaron a ser administrados por la referida CONAREPA, bajo la mirada complaciente de los jueces de aquellos años y la inactividad de los jueces de hoy. Ha pasado mucho tiempo y todavía los delitos de lesa humanidad cometidos en contra de la familia Graiver se encuentran sin recibir el correspondiente castigo.
Hace pocos días se cumplieron 48 años de lo que fue el Proceso “Moralizador” del 24 de marzo de 1976. Su saldo trágico en materia de violación de DD.HH., endeudamiento, desindustrialización, financierización de la economía, aún lo estamos pagando en el sentido más literal del término.

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