Era preciso renunciar a la soberanía argentina sobre ellos, porque “Dios no los ha hecho grandes
como mares para que sólo se naveguen por una familia”. Rosas había guerreado – y había triunfado – sosteniendo contra Inglaterra y Francia la soberanía argentina de los ríos. Por los tratados de 1849 y 1850, esta soberanía había sido reconocida formalmente, aunque no faltaran entre los propios argentinos corifeos de la “libre navegación” –Varela, Valentín Alsina, etc.– que sostuvieran la tesis colonial. La libre navegación de los ríos – que es decir: la renuncia a la soberanía argentina de los ríos – había sido una de las cláusulas impuestas por el Brasil en su tratado con Urquiza, y acababa de estamparla el Libertador en el Acuerdo de San Nicolás. Ahora Alberdi daba la explicación económica a este desgarramiento político: era conveniente esa libertad, para que “penetrara por los ríos la civilización europea”. Había que hacer de los ríos, mares; y mares libres, mares de “alta mar”: “Es necesario entregarlos a la ley de los mares”, clamaba renunciando a toda pretensión soberana. Que “cada afluente navegable reciba los reflejos civilizadores de la bandera de Albión: que en las márgenes del Bermejo y del Pilcomayo brillen confundidas las mismas banderas de todas partes que alegran las aguas del Támesis, río de Inglaterra y del universo”, demostrando con ello no conocer el Támesis, donde no alegra sus aguas otra bandera que la inglesa. Y demostrando ignorar el “Acta de Navegación” de Cromwell, origen del poderío marítimo inglés.